En septiembre del 2024, una madre de familia fue reportada como desaparecida. Grace Soraya, de unos 50 años, vivía con su hijo en una casa de una urbanización en Alangasí, parroquia rural de Quito.
Jean Pierre P. P., su hijo de 30 años, había indicado a la Policía que su madre estaba desaparecida. El joven adujo que ella se encontraba estresada por la venta de un terreno y que había salido de viaje a Otavalo.
Comentó que ella se fue el 3 de septiembre y que debía regresar el 5. Como era ya 6 y no sabía nada de ella se acercó a denunciar su desaparición.
Dos días antes, el 4 de septiembre, la Policía había hallado el cuerpo de una mujer en una zanja. Presentaba signos de haber sido estrangulada y había muerto asfixiada.
La Policía llevó a Jean Pierre P. P. para que reconozca el cuerpo y determinar si era su madre. Las características coincidieron.
Tras reconocer la identidad de la mujer, la Policía inició investigaciones. Los agentes realizaron revisiones de las cámaras y obtuvieron datos de testigos. Una mujer dijo que la tarde del 3 de septiembre había visto a un hombre que llevaba una maleta.
“Salí a ver y justo vi a un señor que bajaba una maleta negra, la iba jalando, pero estaba tapada con plástico negro y pintura. Yo pensé que llevaba escombros”, dijo.
Los agentes siguieron la ruta del sospechoso. Las investigaciones apuntaban al hijo de Grace Soraya. La Policía lo detuvo cuando allanó la casa de la víctima. El sospechoso tenía planes de salir del país.
Jean Pierre P. P., el sospechoso, confesó que había tenido una fuerte discusión porque él no había tendido la cama, donde tenía unos libros de la universidad.
En medio de la furia, el joven dijo que estranguló, asfixió y asesinó a su progenitora entre la noche del 2 y la madrugada del 3 de septiembre.
Después del crimen, intentó desaparecer el cuerpo de su madre. Compró una maleta para esconder el cuerpo, lo arrojó en una zanja.
La Fiscalía demostró que el joven estranguló, asfixió y asesinó a su progenitora en la noche del 2 y la madrugada del 3 de septiembre de 2024, en la casa que compartían en Alangasí.
Las pruebas de ADN revelaron material genético de la víctima y del victimario tanto en la escena del crimen como en la maleta negra.
El hombre fue llevado a juicio por el asesinato de su madre. Dentro de este proceso, la pericia psiquiátrica indicó que él no padece ninguna enfermedad mental.
Durante el juicio, la Fiscalía presentó los resultados de los análisis de 18 archivos multimedia extraídos de cámaras de seguridad del sector –entre otras pruebas–, que apuntaron al joven como autor del crimen.
El joven indicó que no quiso hacerle daño a su madre, pero que cuando se dio cuenta ella ya estaba fallecida. Su defensa alegó que cometió la infracción sin el ánimo de causar daño.
La perita que practicó la evaluación de los rasgos de personalidad del procesado indicó, ante el Tribunal, que el joven presenta “impulsividad cognitiva, motora y no planificada”. Además, se indicó que tenía dificultad para el control de impulsos, tendencia a tomar decisiones rápidas, sin medir y planificar.
El Tribunal consideró que si bien el joven de 30 años colaboró con la justicia, no era factible aplicar atenuantes debido a la agravante latente.
Con base en las pruebas, Jean Pierre P. P. fue sentenciado a la pena máxima agravada de cuarenta años de privación de libertad como autor del delito de asesinato.
Los jueces también resolvieron que el sentenciado pague, como reparación integral, 20.000 dólares a los herederos de su madre, y que la familia de la víctima sea notificada con el resultado final del juicio.
Este proceso se desarrolló a base dell artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (reformado a julio de 2024), en su numeral 1, sanciona con pena privativa de libertad de 26 a 30 años a la persona que mate a un ascendente.
Además, el Tribunal de Garantías Penales, en su sentencia, agregó una circunstancia agravante: cometer la infracción en contra de una mujer, según el artículo 47, numeral 21, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 10 de la Ley Para Prevenir la Violencia Contra la Mujer (violencia física que causó la muerte). (I)