CAL calificó a trámite proyecto de ley para regular apoyo de Fuerzas Armadas a la Policía Nacional | Política | Noticias



En su sesión del 1 de agosto, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó a trámite el proyecto de ley de apoyo complementario a las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional.

Con esta iniciativa se busca dar cumplimiento al mandato popular de la consulta y referéndum del 21 de abril de 2024.

El texto fue presentado recién el 22 de julio de 2025 con el objetivo de regular la participación de las Fuerzas Armadas en la seguridad interna y así cumplir con la reforma aprobada en las urnas.

Hace un año, el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a elecciones para pronunciarse sobre la reforma a la Constitución del artículo 158.

La medida la impulsó el exmandatario Guillermo Lasso, y su sucesor, Daniel Noboa, aprovechó el momento para incluir otras reformas y preguntas de cambios legales.

El cambio al artículo 158 de la norma suprema y la implementación de judicaturas especializadas para resolver garantías jurisdiccionales, que le corresponde al Consejo de la Judicatura (CJ), son los dos temas que siguen pendientes.

El referéndum concedió un plazo de 200 días —que se cumplieron en mayo de 2025— para la aprobación de una ley que viabilice la participación de los militares en los operativos de seguridad con la Policía.

Los resultados de esos comicios se publicaron el 9 de mayo de 2024 en el Registro Oficial, y un año y cuatro meses más tarde no hay la ley para aplicarla.

La asambleísta de la bancada de Gobierno, Acción Democrática Nacional (ADN), Inés Alarcón ingresó el 22 de julio de 2025 un proyecto de ley con ese efecto, que coincide con la vigencia de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, que faculta al jefe de Estado a declarar el conflicto armado interno sin la necesidad de un estado de excepción.

El texto se denomina «Ley orgánica que regula el apoyo complementario y subsidiario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional de conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la Constitución“, de dieciocho artículos, y su objeto es regular las “condiciones, procedimientos, límites, controles y responsabilidades derivados del apoyo complementario y subsidiario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional”.

Según la propuesta, las regulaciones “se aplicarán de forma posterior a un conflicto armado interno, si es que este ya estuviera en curso, conforme lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional”.

AMDEP2687. GUAYAQUIL (ECUADOR), 19/02/2025.- Integrantes de la Policía de Ecuador detienen a dos personas en un operativo este miércoles, en Guayaquil (Ecuador). Un total de 1.000 efectivos de la Policía Nacional y 400 miembros de las Fuerzas Armadas de Ecuador fueron desplegados en Flor de Bastión, barrio de la ciudad costera de Guayaquil, para tratar de «identificar, detener, capturar y contener» los homicidios en esta zona, una de las más afectadas por la violencia en la provincia del Guayas (suroeste). EFE/ Mauricio Torres Foto: EFE

La Corte Constitucional (CC) —en un dictamen de constitucionalidad del decreto de estado de excepción de enero pasado— llamó la atención al presidente Noboa porque, pese a contar con la herramienta del artículo 158, que le permite enfrentar al crimen organizado bajo un régimen ordinario, ha optado por decretar más de una docena de estados de excepción en los últimos dos años; y, de momento, rige el conflicto armado interno contemplado en la Ley de Solidaridad Nacional.

La CC aclaró que este cambio constitucional “confiere al presidente de la República la potestad de disponer el apoyo complementario y subsidiario de las Fuerzas Armadas sin necesidad de un estado de excepción” y que, si bien se dio un plazo de 200 días para que la Asamblea desarrolle la ley, eso “no condiciona” usar la reforma constitucional.

Es decir, la falta de esa ley no impide que los militares apoyen las labores de control bajo un régimen ordinario, subrayó la Corte, ya que Noboa argumentó que el “procedimiento contemplado en el artículo 158 no puede activarse” porque no hay ley.

Los jueces regañaron también a la Asamblea Nacional porque “ha inobservado su deber de desarrollar el marco normativo que regule los parámetros, límites formales y materiales del apoyo complementario y ha ignorado todos los exhortos para que, en ejercicio de sus funciones, se cree el marco normativo necesario para enfrentar la grave situación de violencia y crimen organizado que atraviesa el país”.

(I)



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