
El alcalde de Esmeraldas, Vicko Villacís, y otros seis procesados dentro del caso Blindado que pidieron revisar su medida cautelar se mantendrán en la cárcel cumpliendo la orden de prisión preventiva dispuesta cuando se les formularon cargos. La jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Daniella Camacho decidió rechazar los pedidos de los investigados por el delito de lavado de activos.
La decisión oral fue escuchada la mañana de este jueves, 24 de septiembre, un día después de la jornada de audiencia en la que Camacho escuchó los fundamentos de los pedidos hechos por el alcalde Villacís y los coprocesados Jorge Pinos, Luis Reina, Karol Lemos, Jonathan Monte, Juan Alberto Lastre y Diego Montaño.
En la diligencia también se escucharon los argumentos del fiscal general encargado, Carlos Alarcón, quien pidió que se revise la presentación periódica impuesta a Vinicio Aguirre, procesado en Blindado, que incumplió la medida ordenada y por lo que se solicitaba se le imponga una orden de prisión preventiva. Además, el coprocesado y juez Agustín Jaramillo pidió que se le revise la medida de presentación periódica para no cumplirla en la CNJ, en Quito, sino en el lugar de su residencia, en Esmeraldas.
QUITO (24-09-2026).- Audiencia de revisión de medidas cautelares en el caso Blindado. Capturas de pantalla / EL UNIVERSO. Foto: Cortesía
Sobre estos dos últimos pedidos, la jueza Camacho tuvo una respuesta favorable. Ante el incumplimiento de Aguirre, la magistrada ordenó la medida de prisión preventiva y dispuso que se emita una boleta para ubicarlo y detenerlo, incluso a nivel internacional a través de la Interpol (Policía Internacional, por sus siglas en inglés). La magistrada indicó que se han cumplido los requisitos para que se proceda a sustituir la presentación periódica por la orden de prisión preventiva.
Mientras tanto, en relación con el juez Jaramillo, Camacho accedió a que cumpliera con su presentación periódica dos veces por semana en la Corte de Justicia de Esmeraldas y no en la CNJ una vez al mes.
El aún alcalde Villacís formó parte de la diligencia del pasado 23 de septiembre de forma presencial, pues pidió ejercer su propia defensa. El pedido que hizo fue que la orden de prisión que cumple ya por 112 días sea sustituida por su presentación diaria ante una autoridad en Esmeraldas, el uso del grillete electrónico y la prohibición de salida del país.
QUITO (23-09-2026).-Audiencia de revisión de medidas cautelares del caso Blindado, en el que está procesado Vicko Villacís, alcalde de Esmeraldas, en la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito.
Alfredo Cárdenas / EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.
Para negar la solicitud de revisión, la jueza Camacho rechazó los argumentos recurrentes expuestos por los siete solicitantes sobre la aplicación del principio de igualdad, la existencia de elementos que determinen la materialidad del delito de lavado de activos, la juridicidad y el acierto de las órdenes de prisión preventiva y que varios de los procesados tienen hijos menores de edad.
En su exposición, el alcalde Villacís intentó mediante un informe pericial justificar la legalidad de los movimientos de sus empresas y criticó la falta de pericias financieras dentro de la etapa de instrucción fiscal y el que no se haya procesado a empresas con las que supuestamente se canalizaron pagos a su favor. Defendió el uso de vehículos blindados para el traslado de dinero en efectivo como parte de un servicio de auxilio financiero.
Camacho, en su lectura de la resolución, añadió que los fundamentos expuestos por los recurrentes no cumplen con los presupuestos que define la norma para que proceda la revisión solicitada. En este caso, se debe cumplir lo definido en el artículo 521 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
QUITO (23-09-2026).- Carlos Alarcón, fiscal general del Estado, durante la audiencia de revisión de medidas cautelares del caso Blindado, en el que está procesado Vicko Villacís, alcalde de Esmeraldas, en la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito.
Alfredo Cárdenas / EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.
En el caso del alcalde Villacís, así como en relación con otros procesados solicitantes, la jueza de la CNJ indicó que se expusieron temas que no tenían nada que ver con lo solicitado, sino con otra etapa del proceso penal, y tampoco demostraron ni hechos nuevos ni evidencias nuevas que permitieran dar de baja la medida cautelar impugnada. Ante ello, ratificó en todas sus partes la orden de prisión preventiva impuesta por la entonces jueza anticorrupción Silvana Velasco, el 4 de junio pasado.
El alcalde de Esmeraldas, quien para esta reinstalación se conectó vía Zoom desde la cárcel de Cotopaxi, en Latacunga, integra una lista de quince personas naturales y tres personas jurídicas (empresas) a quienes la Fiscalía acusa de ser parte de una estructura criminal estratégicamente organizada para la obtención y el beneficio de forma sistemática de fondos estatales a través del abuso y desnaturalización de garantías jurisdiccionales.
A inicios de junio pasado se formularon cargos en contra de varias personas naturales, entre ellas Villacís, por considerarlas autoras directas del delito de lavado de activos, tipificado en el artículo 317 del COIP. La causa se inició en manos de fiscales y jueces sin fuero de la Corte Nacional. Se ubicó a Vicko Villacís como alcalde del cantón Esmeraldas para el periodo 2023-2027, quien tenía el deber de preservar los dineros del Estado.
En cambio, el 1 de septiembre pasado se vinculó a la causa a los jueces de la Corte de Justicia de Esmeraldas: Genaro Reinoso Cañote, Juan Francisco Morales, Juan Agustín Jaramillo Salinas, Luis Fernando Otoya y Carlos Vinicio Aguirre; a Simón Bolívar Moreno, a la fecha de los hechos juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Atacames; como persona natural a Iván Sol González; mientras que como personas jurídicas a Reypezpacific S. A., Reysolutionwash S. A. y Teknhikmec S. A.
Debido a las vinculaciones, la etapa de instrucción fiscal en el caso Blindado pasó de 90 a 120 días, es decir, el próximo 1 de octubre se debería cerrar esta fase de obtención de pruebas de cargo y de descargo. En ese punto, la Fiscalía deberá solicitar día y hora para la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio respectiva. (I)